De
conformidad con lo establecido en el Real Decreto,
300/2004, de 20 de Febrero, por el que se aprueba
el REGLAMENTO DEL SEGURO DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS,
y en RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2004, de la
Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones,
le informamos de las últimas modificaciones
introducidas en el régimen de cobertura de
riesgos extraordinarios que puede ser de aplicación
a sus Contratos de Seguro y cuyo contenido íntegro
podrá descargar ahora.
Si
su contrato de Seguro garantiza Daños a los
bienes como un Multirriesgo del HOGAR, Comercio, Comunidades,
PYMES, etc.
Podría ser de aplicación
…
… CLAUSULA DAÑOS A LOS BIENES
Si su contrato de Seguro garantiza daños alas
personas, mediante garantías de Accidente,
Podría ser de aplicación
…
… CLAUSULA DAÑOS A LAS PERSONAS
Si su contrato de Seguro cubre dentro de la misma
póliza daños a los bienes y a las personas.
Podría ser de aplicación
…
… CLAUSULA DAÑOS A LOS BIENES Y PERSONAS
En caso de que tenga alguna duda en cuanto al nivel
de Cobertura de su Contrato o requiera cualquier información
adicional, podrá consultar con su Mediador
de Seguros, en cualquier oficina de AXA Seguros e
Inversiones, o pidiendo información llamando
a nuestro teléfono de ATENCIÓN AL CLIENTE
902 40 40 84
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