De conformidad con lo establecido en el Real Decreto, 300/2004, de 20 de Febrero, por el que se aprueba el REGLAMENTO DEL SEGURO DE RIESGOS EXTRAORDINARIOS, y en RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2004, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, le informamos de las últimas modificaciones introducidas en el régimen de cobertura de riesgos extraordinarios que puede ser de aplicación a sus Contratos de Seguro y cuyo contenido íntegro podrá descargar ahora.

Si su contrato de Seguro garantiza Daños a los bienes como un Multirriesgo del HOGAR, Comercio, Comunidades, PYMES, etc.
Podría ser de aplicación

… … CLAUSULA DAÑOS A LOS BIENES


Si su contrato de Seguro garantiza daños alas personas, mediante garantías de Accidente,
Podría ser de aplicación

… … CLAUSULA DAÑOS A LAS PERSONAS


Si su contrato de Seguro cubre dentro de la misma póliza daños a los bienes y a las personas.
Podría ser de aplicación

… … CLAUSULA DAÑOS A LOS BIENES Y PERSONAS


En caso de que tenga alguna duda en cuanto al nivel de Cobertura de su Contrato o requiera cualquier información adicional, podrá consultar con su Mediador de Seguros, en cualquier oficina de AXA Seguros e Inversiones, o pidiendo información llamando a nuestro teléfono de ATENCIÓN AL CLIENTE 902 40 40 84

 

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