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Accidentes
Colectivos
Coberturas
Para
la tranquilidad de usted y sus trabajadores
le ofrecemos el seguro de accidentes con las
coberturas más completas:
-
Fallecimiento
por accidente, por infarto de miocardio
o por accidente de circulación,
-
Incapacidad
Permanente por accidente o por accidente
de circulación, incluidas las lesiones permanentes
no invalidantes.
-
Incapacidad
Temporal por accidente con un máximo de
365 días.
-
Asistencia
sanitaria por Accidente:
-
Gastos
en régimen hospitalario con un máximo
de 365 días
-
Servicios
facultativos en régimen ambulatorio
-
Traslado
urgente
-
Desplazamientos
en transporte público durante la curación
-
Asistencia
domiciliaria
-
Adquisición
e implantación de primeras prótesis
ortopédicas, dentales, ópticas o acústicas
-
Alquiler
o compra de elementos auxiliares
-
Rehabilitación
física
-
Medicamentos
prescritos durante el proceso de curación
-
Pruebas
médicas prescritas
-
Estancia
de acompañante
-
Búsqueda
y Rescate
-
Traslado
por inhumación al lugar de residencia
-
Cirugía
estética post - traumática
-
Compensación
económica por deterioro o pérdida de
prendas o complementos de vestir
-
Gastos
de sepelio
-
Subsidio
por hospitalización.
|
inicio
Accidentes Colectivos
(Compromisos en Convenios)
Coberturas
Para
hacer frente a los compromisos que el Convenio
Nacional de Hortalizas establece o, en su caso,
a los provinciales que pudieran afectar a su
Central Hortofrutícola, hemos desarrollado en
AXA un producto que ofrece todas las coberturas
que su negocio necesita en materia de accidentes:
-
Fallecimiento
por accidente
-
Fallecimiento
por accidente de circulación
-
Incapacidad
permanente por accidente
-
Incapacidad permanente
por accidente de circulación
-
Lesiones
permanentes no invalidantes por accidente
laboral
-
Secuelas
permanentes por accidente no laboral
- Lesiones
permanentes no invalidantes por accidente
de circulación laboral
- Secuelas
permanentes por accidente de circulación no
laboral
-
Incapacidad
temporal por accidente con un máximo de
365 días
- Asistencia
sanitaria por accidente
- Gastos
en régimen hospitalario con un máximo
de 365 días
-
Servicios
facultativos en régimen ambulatorio
-
Traslado
urgente
-
Desplazamientos
en transporte público durante la curación
-
Asistencia
domiciliaria
-
Adquisición
e implantación de primeras prótesis
ortopédicas, dentales, ópticas o acústicas
-
Alquiler
o compra de elementos auxiliares
-
Rehabilitación
física
-
Medicamentos
prescritos durante el proceso de curación
-
Pruebas
médicas prescritas
-
Estancia
de acompañante
-
Búsqueda
y Rescate
-
Traslado
por inhumación al lugar de residencia
-
Cirugía
estética post - traumática
-
Compensación
económica por deterioro o pérdida de
prendas o complementos de vestir
-
Gastos
de sepelio
-
Muerte
por enfermedad
-
Muerte
por cualquier causa
|
inicio
Flotas
| Coberturas
Básicas |
| Responsabilidad
Civil de suscripción obligatoria |
|
Coberturas
Opcionales |
| Responsabilidad
Civil Suplementaria |
Incluye:
Gastos de Defensa y Asesoramiento
Jurídico, Fianzas y Daños que excedan
del seguro de R.C. obligatorio con
los límites contractuales establecidos
|
Extiende
la cobertura a:
- Daños
a terceros por incendio o explosión
del vehículo en reposo
- Arrastre
de caravanas o remolques de menos
de 750 Kg.
- Caída
accidental del equipaje transportado
- Gastos
de limpieza
|
| Protección
jurídica |
- Defensa
Penal
- Constitución
de fianzas (Máximo 3.005,06 €)
- Reclamación
judicial y extrajudicial
- Libre
elección de Abogado y Procurador
(Máximo 1.502,53 €)
|
| Garantía
Personal del Conductor |
- Fallecimiento
o Invalidez Permanente
- Gastos
de asistencia sanitaria (máximo 365
días consecutivos)
|
| Rotura
de lunas del vehículo asegurado |
| Daños
al propio vehículo |
| Robo
del propio vehículo |
| Asistencia
en viaje al vehículo asegurado
y a las personas que en él viajen, 24
horas al día todos los días del año. |
|
inicio
Multirriesgo
COBERTURAS
Y GARANTÍAS
Sabemos
lo importante que es para usted su negocio.
Sabemos que todo lo invertido en su negocio
está expuesto a infinidad de riesgos que pueden
echar por tierra todo un año de trabajo o más.
Por eso le ofrecemos nuestra experiencia. Hemos
creado una fórmula que cubre sus necesidades
de aseguramiento. Una póliza única y abierta
con la que su máxima preocupación será únicamente
su Central Hortofrutícola.
| Garantías
Básicas |
Continente |
Contenido |
| INCENDIO,
Rayo y Explosión |
100% |
100% |
| EXTENSIÓN
DE GARANTÍAS |
100% |
100% |
- Humo,
choque vehículos, caída de aeronaves
ondas sónicas, actos de vandalismo
o malintencionados, acciones tumultuarias
y huelgas, derrame o escape de las
instalaciones automáticas contra incendios,
derrame de material fundido, lluvia,
viento, pedrisco y nieve, inundación.
|
|
|
| GASTOS
SUPLEMENTARIOS |
|
|
| |
100% |
100% |
| |
100% |
100% |
- Gastos
de Desescombro (*)
|
5% |
5% |
| |
---- |
10% |
- Reposición
de Archivos, Títulos, Valores
|
---- |
5% |
- Garantía
valor a nuevo del Continente
|
Incluido |
|
- Compensación
de Capitales
|
Incluido |
|
| Garantías
Optativas |
|
| DAÑOS
POR AGUA |
100% |
100% |
- Gastos
de localización de averías
|
Incluido |
|
- Gastos
reparación de averías
|
150,25
€ |
|
| ROTURA
DE CRISTALES Y ROTULOS (*) |
|
1.502,53
€ |
| ROBO
Y EXPOLIACION (V. Parcial 20%) |
|
Suma
Asegurada |
- Desperfectos
en el local (*)
|
|
5%
Máximo 1.202,02 € |
- Dinero
en efectivo, títulos y/o valores:
(*)
|
|
|
| |
|
3.005,06
€ |
| |
|
300,51
€ |
| |
|
1.803,04
€ |
- Gastos
de puesta en orden de archivos
|
|
3%
Máximo 601,01 € |
| RESPONSABILIDAD
CIVIL, DEFENSA Y FIANZAS |
|
|
- R.
Civil Incendio, Explosión, Daños por
agua
|
Suma
Asegurada |
- R.
Civil Explotación, Patronal y Productos
|
Suma
Asegurada (límite 150.253,02 €/víctima) |
| PERDIDA
DE BENEFICIOS (B. Bruto/Gastos
Generales Permanentes) (incluida la derivada
de siniestros consorciables) |
|
Suma
Asegurada
|
| ROTURA
DE MAQUINARIA |
|
Suma
Asegurada |
| ROTURA
DE ORDENADORES Y EQUIPOS ELECTRONICOS |
|
Suma
Asegurada |
| Garantías
adicionales |
|
| DAÑOS
ELECTRICOS |
|
Suma
Asegurada |
| MERCANCIAS
EN CÁMARAS (*) |
|
Suma
Asegurada |
| DERRAME
DE LÍQUIDOS EN DEPÓSITOS |
|
Suma
Asegurada |
| MALA
ESTIBA |
|
Suma
Asegurada |
| (*)
Garantías "a primer riesgo" |
|
inicio
Inversión, Ahorro
y Pensiones
En
AXA Seguros e Inversiones le proponemos diferentes
fórmulas para mejorar la protección financiera
de su empresa y empleados.
Asegurar
el equipo humano y lograr la integración en
la empresa es fundamental para el mejor desarrollo
del negocio y, para ello, le ofrecemos fórmulas
de contratación colectivas que le reportarán
importantes ventajas:
-
Costes
reducidos y con favorable tratamiento fiscal
-
Reconocimiento
de la contribución de los empleados a la
buena marcha de la empresa
-
Mejora
de la motivación, fidelidad y productividad
-
Respuesta
a las reivindicaciones sociales y factor
de estabilidad
INVERSIÓN
AXA
Investment Managers, filial del Grupo AXA, es
especialista en la gestión de activos. Tiene
presencia en 12 países de 3 continentes y gestiona
277.000 millones de euros repartidos en más
de 1.000 Fondos de Inversión.
Por
ello, si su empresa tiene excedentes de liquidez
o "puntas de tesorería", AXA Seguros e Inversiones
a través de AXA Investment Managers le ofrece
obtener de ellas, a corto plazo, la máxima rentabilidad
con el mínimo riesgo.
AHORRO
En
AXA Seguros e Inversiones le
proponemos diferentes fórmulas para asegurar
a sus empleados una jubilación tranquila y económicamente
desahogada.
Plan
de Ahorro Grupo
Indique
la cuantía que quiere cobrar en el momento de
su jubilación o el régimen de aportaciones que
va a realizar y en AXA le diseñamos
un Plan de Ahorro dinámico con revisiones de
interés trimestrales sobre el total del Ahorro
acumulado.
Además,
incluye un Seguro de Vida por el que, en caso
de fallecimiento, se garantiza el pago del Ahorro
acumulado hasta esa fecha más un importe adicional.
Es
un producto de gran flexibilidad. Idóneo tanto
para poner en marcha un nuevo sistema complementario
de previsión, como para modificar algún sistema
anterior o como instrumento de exteriorización
de fondos para atender compromisos con los trabajadores.
Asimismo, puede incluir a toda la plantilla
o sólo a una parte de ella.
Tanto
la empresa como el trabajador tienen ventajas
fiscales inmediatas en el caso de la empresa
o en el momento de cobrar la prestación en el
caso de los trabajadores
Seguro
de Rentas
Este
tipo de contrato asegura, a cambio de una prima
única, prestaciones en forma de renta para complementar
las pensiones de la Seguridad Social.
En
el seguro puede integrarse la totalidad de la
plantilla o una parte de ella. Expresamente
adecuado para dar respuesta a compromisos por
pensiones con los trabajadores.
La
empresa se beneficiará de deducciones en el
Impuesto de Sociedades.
PENSIONES
Plan
de Pensiones de Empleo
En
AXA Seguros e Inversiones tenemos
un Plan de Pensiones de Empleo seguro y rentable,
que da cobertura a las contingencias de:
El
Plan de Pensiones de Empleo tiene que abarcar
a toda la plantilla sin exclusiones.
Además,
tanto la empresa como sus empleados obtienen
considerables ventajas fiscales con importantes
reducciones de la Base imponible del I.R.P.F.
o en el Impuesto de Sociedades.
Al
igual que los productos anteriores, el Plan
de Pensiones puede utilizarse como respuesta
a un nuevo sistema de previsión que se pone
en marcha o como instrumento para exteriorizar
compromisos anteriormente asumidos.
BIDEPYME
- Plan de Previsión de Empleo
Es
un instrumento específico para empresas situadas
en la Comunidad Autónoma Vasca.
Es
la alternativa más válida para aquellas empresas
que no pueden crear su propia Entidad de Previsión
Social Voluntaria (E.P.S.V.).
Permite
integrar a la totalidad o a parte de la plantilla,
definiendo el régimen de aportaciones a realizar
al Plan.
Proporciona
la máxima desgravación fiscal, tanto a la empresa
como a los trabajadores, permitiendo deducir
las aportaciones de la Base Imponible del Impuesto
que grava su Renta. |
inicio
Renting
Si
tiene pensado comprar vehículos para su negocio
o renovar los que ya tiene, invierta unos segundos
en considerar la posibilidad de disponer de
ellos a través del Renting que para AXA ha
preparado ALD Automotive.
Saldrá ganando.
¿Qué
es el Renting?
Es
un sistema de alquiler de vehículos a largo
plazo en el que, además del coche, está incluido
todo lo necesario para su mantenimiento: reparaciones,
revisiones, trámites administrativos.... todo. Usted,
sólo tendrá que poner combustible y.... ¡en
marcha!
Ventajas
financieras
-
Permite
una mejor planificación de la tesorería
(evita imprevistos)
-
No
existe la necesidad de activar el bien (el
activo de Renting está fuera de balance)
-
Mejora
ratios financieros
-
No
requiere desembolso inicial
Ventajas
operativas
- Flexibilización
del coste
- Externalización
de la actividad no propia del negocio
- Acceso
a nuevas tecnologías
- Aprovechamiento
de economías a escala
Ventajas
fiscales
- Tiene
consideración de gasto en el Impuesto de Sociedades
y en I.R.P.F. (según los límites que marca
la ley)
- Facilita
la deducción del I.V.A. cuando existe utilización
mixta de los vehículos (uso particular y profesional)
|
inicio
Responsabilidad Civil
Hacer
frente a la Responsabilidad Civil de la actividad
empresarial necesita soluciones de carácter
eminentemente técnico, que
permitan cubrir las obligaciones derivadas de
la actuación de una persona en los diversos
aspectos de su actividad empresarial.
Para
ello, hemos desarrollado nuestros productos
de Responsabilidad Civil atendiendo a dos grandes
hitos en la actividad de su central hortofrutícola:
R.C.
EXPLOTACIÓN
Cubre
al asegurado, dentro de los limites previstos
en el Contrato, las consecuencias pecuniarias
de la responsabilidad que pueda incumbirle,
en razón de los daños y perjuicios causados
involuntariamente a terceros, DURANTE el ejercicio
de las actividades indicadas en póliza.
Los
daños a Terceros DURANTE la explotación de la
empresa tienen varios orígenes:
-
los
que causan los empleados, al ejecutar sus
trabajos,
-
los
que provienen de las herramientas, la maquinaria,
los productos y de los vehículos durante
las operaciones de carga y descarga exclusivamente
de los mismos.
-
los
que provienen de las instalaciones
Existen
"Coberturas Opcionales" que pueden ser objeto
de inclusión mediante cláusula específica.
R.C.
PRODUCTOS - R.C. POST TRABAJOS
Esta
cobertura tiene como objeto amparar su Responsabilidad
Civil, por los daños personales, materiales o
perjuicios que sus productos o mercancías puedan
ocasionar, después de la entrega, por vicios
o deficiencias debidos a acciones u omisiones
cometidas en las diferentes operaciones antes
de la entrega.
La
línea divisoria entre Explotación y Productos
se sitúa, por tanto, en el momento de la entrega:
con anterioridad a la misma estaríamos en presencia
de un siniestro atribuible a la cobertura de
Explotación; con posterioridad a ella, el siniestro
caerá dentro del Seguro de Responsabilidad Civil
Productos.
Como
norma general están excluidos los daños al propio
producto, trabajo o servicio al igual que los
gastos ocasionados por la retirada, inspección
y sustitución de aquellos. |
inicio
Transporte de Mercancías
Damos
cobertura a las mercancías transportadas si
el vehículo que las transporta sufre un accidente
y aquéllas se deterioran, se destruyen o desaparecen.
Las
modalidades para cubrir estos riesgos son múltiples
para ajustarnos de forma precisa a las necesidades
de su negocio.
| |
Transporte
Terrestre |
Transporte
Marítimo |
Transporte
Aéreo |
| Póliza
sencilla o por viaje |
X |
X |
X |
| Póliza
abierta |
X |
X |
X |
| Póliza
flotante por aplicaciones |
X |
X |
X |
| Póliza
anual |
X |
|
|
| Póliza
facturación real de mercancía transportada |
X |
X |
X |
| Póliza
facturación de portes |
X |
|
|
Póliza
sencilla o por viaje
Cubre
la mercancía durante un determinado viaje, de
un punto de origen a otro de destino (también
vuelta al origen en caso de ferias, exposiciones...).
Realizado el viaje póliza y seguro expiran.
Póliza
abierta
Se
cubre un determinado número de expediciones
de mercancía de la misma naturaleza, viaje y
medio. Las expediciones deben ser notificadas
con antelación.
Póliza
flotante por aplicaciones
Idónea
en el caso de que reciba o envíe regularmente
mercancías a través de terceros. Se conviene
de antemano las condiciones del seguro para
los transportes que en adelante recibirá o enviará.
Póliza
anual
Se
aseguran las pérdidas o daños que sufran las
mercancías durante el transporte. Especialmente
interesante si usted tiene vehículos de transporte
propios.
Póliza
facturación real de mercancía transportada
Se
basa en los envíos que se facturaron realmente
el año anterior y en la previsión para el año
actual. Cada cierto tiempo se regulariza con
la facturación real. Es una póliza de contratación ágil
y rápida.
Póliza
facturación de portes
Se
basa en los envíos que se facturaron en portes
reales el año anterior y en la previsión para
el año actual. Cada cierto tiempo se regulariza
con la facturación real de portes. Es una póliza
de contratación ágil y rápida. |
inicio
Vida
Tanto
si tiene que dar respuesta a los compromisos
por pensiones adquiridos con sus trabajadores
como si forma parte de un colectivo que desea
beneficiarse de la protección que ofrece un
buen seguro de vida, en AXA Seguros e Inversiones
tenemos el seguro para grupos con el máximo
abanico de coberturas opcionales. Para que todo
quede asegurado.
| |
VIDA
GRUPO |
VIDA
GRUPO EXTERIORIZACIÓN |
| Definición |
Seguro
de Vida Temporal anual renovable con
participación en beneficios en función
del número de Asegurados, para un conjunto
de personas unidas por un vínculo o
interés común, previo o simultáneo a
la adhesión al grupo, pero diferente
a éste.
|
Es
un seguro de Vida Temporal anual renovable
con participación en beneficios en función
del número de Asegurados, contratado por
una empresa para el conjunto de empleados
con el fin de dar respuesta a la exteriorización
de los compromisos adquiridos. |
| Cobertura
Principal |
Fallecimiento
del Asegurado, cualquiera que sea la
causa, excepto el suicidio durante la
primera anualidad.
|
| Coberturas
Complementarias |
|
|
-
Muerte
por accidente
-
Muerte
por accidente de circulación
-
Incapacidad
Permanente Absoluta
-
Incapacidad
Permanente Absoluta derivada
de accidente
-
Incapacidad
Permanente Absoluta derivada
de accidente de
circulación
-
Incapacidad
Permanente Total
-
Gran
Invalidez
-
Graves
enfermedades
|
| |
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|
|
|
| (*)
Sólo en el caso de que sea obligatorio
por el convenio |
|
inicio

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